A partir del 3 de febrero de 2024, los Grandes Contribuyentes, emisores de documentos POS, deben adoptar el nuevo POS electrónico, conforme a la Resolución 165 de la DIAN.
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La Resolución, emitida en noviembre de 2023, establece que el nuevo POS electrónico, equivalente a la factura, proporcionará beneficios fiscales al comprador. Este documento permite al adquirente descontar IVA, costos y deducciones en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, siempre que identifique al comprador con nombre, razón social y número de identificación o NIT.
Decisiones Importantes para Contribuyentes Actuales
Quienes expiden documentos equivalentes a la factura de venta actualmente pueden optar por no implementar el nuevo POS electrónico y, en su lugar, facturar electrónicamente el 100% de sus operaciones. Por el contrario, aquellos que elijan adoptar el nuevo POS electrónico deben realizar la habilitación y adaptación tecnológica según las fechas establecidas en la Resolución 165 de 2023.
Es crucial destacar que el POS electrónico no tiene límite de valor, eliminando la restricción de 5 UVT definida en la Resolución 1092 de 2022.
Por último, la implementación de soportes electrónicos busca mejorar los servicios tributarios, ofreciendo devoluciones automáticas, declaraciones sugeridas, acceso a la plataforma RADIAN y consulta de información sobre documentos electrónicos. Además, fortalece los procesos de control fiscal para una mayor efectividad.
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